miércoles, 17 de diciembre de 2025

39. Antropología, ética y política en la filosofía medieval

Alma llevada al cielo. William-Adolphe Bouguereau (1878) 
La concepción del ser humano en el periodo medieval no es, en líneas generales, muy diferente de la que ya hemos estudiado en los filósofos griegos, especialmente en Platón y Aristóteles. La antropología de San Agustín, que es de raíz platónica, comprende al hombre como un alma racional que se sirve temporalmente de un cuerpo mortal y terrestre. En este alma, San Agustín distingue dos aspectos: la razón inferior, que tiene como objeto el conocimiento del mundo sensible (la ciencia), y la razón superior, cuyo objeto es el conocimiento del mundo inteligible, es decir, del mundo de las ideas (la sabiduría). Según San Agustín, el conocimiento de las ideas es lo que permite al alma elevarse hacia Dios y aspirar a la «iluminación». Santo Tomás de Aquino, en cambio, influido por Aristóteles, entiende que el ser humano es una unión sustancial de cuerpo y alma. El cuerpo es la «materia» de la sustancia humana y el alma la «forma». Al igual que Aristóteles, Santo Tomás distingue tres tipos de función en el alma: vegetativa, sensitiva e intelectiva o racional. Es el alma racional la que constituye la forma esencial del ser humano y la que sobrevive al cuerpo.

En cuanto a la ética, la filosofía medieval identifica el bien y la felicidad humana con una vida entregada a Dios, objetivo para el que el ser humano ha de renunciar, con mayor o menor rigor, a los bienes terrenales. Sobra decir que esto es posible debido a que el hombre, pese a la omnisciencia de Dios (que sabe con antelación todo lo que vamos a hacer), es libre para decidir entre el bien (al que le empuja la «gracia») y el mal (al que le empuja su naturaleza corrompida por el pecado). La ética medieval es, pues, una ética finalista, pues entiende que la conducta moral humana se define por su orientación a un fin, que es la plena religación con Dios (la palabra «religación» está vinculada a la palabra «religión»).


Una de las aportaciones más valiosas a la ética medieval es el concepto de «ley moral natural»
de Santo Tomás de Aquino. Inspirado en Aristóteles, Tomás piensa que podemos definir un conjunto de leyes morales naturales reconocibles por todo ser humano como válidas (serían pues, leyes morales universales, y no subjetivas o relativas a la cultura o la época). Según Tomás de Aquino, estas leyes morales universales son parte de la «leyes eternas» de Dios (que son las que regulan el movimiento del cosmos) y se deducen de la naturaleza propia del hombre como ser racional. Por eso, además de recoger los mandamientos de Dios y los principios de la doctrina cristiana, la ley moral natural incluye, según Tomás de Aquino, el deber de conocer la verdad, conocimiento al que por naturaleza tiende la razón. Como el ser humano es, además, un ser social, la ley moral natural incluye también el deber de aspirar a la justicia, que es condición necesaria de la vida social.

El Pecado Original y la Expulsión del Paraíso Terrenal.
Miguel Ángel (1508-12)
 

Esta consideración sobre la naturaleza social nos conduce a el ámbito de la política. Los teólogos medievales creían que después del pecado original y de ser expulsados del paraíso (una especie de
«estado de naturaleza» donde los seres humanos éramos autosuficientes y vivíamos en armonía), nos volvimos menesterosos y egoístas. Para poder sobrevivir en un entorno hostil tuvimos que colaborar unos con otros; y por habernos vuelto egoístas tuvimos que instaurar leyes políticas para resolver los conflictos. Este sería el origen de la sociedad y de la política.

Vidriera con las dos tablas de la ley, que contienen los Diez Mandamientos 

Para los teólogos y filósofos medievales, las leyes políticas tienen, en general, su fuente de legitimidad y poder en Dios (es decir, que la gente las obedece porque están inspiradas en las Escrituras o la tradición religiosa o han sido aprobadas por la Iglesia). Santo Tomás de Aquino afirma, por ejemplo, que las leyes políticas (lo que él llama “leyes positivas”), aunque tienen carácter histórico y cultural, no pueden establecerse a capricho, sino como una forma concreta, y adaptada al contexto, de la ley eterna de Dios y de la ley moral natural y universal (que constituyen, ambas, una especie de “derecho natural”). En este sentido, las leyes positivas han de imponer hábitos y reglas de conductas que obliguen al individuo a obedecer la ley moral natural, actuando según la razón, de acuerdo con la virtud cristiana, y persiguiendo el bien común.

Ahora bien, si el fundamento de las leyes positivas o civiles es el derecho natural (es decir, la ley eterna de Dios y la ley moral universal), ¿no debería ser la Iglesia quien estipulara e hiciese cumplir las leyes políticas? En otras palabras: ¿no debería ser la Iglesia quien ostentara el poder político?

Retrato de Inocencio X. Diego Velázquez (1650) 

A lo largo de la Edad media europea, el Estado y la Iglesia
(el emperador y el papa) mantienen, con frecuencia, una lucha más o menos abierta o soterrada por acaparar el poder político. Las posturas al respecto son variadas, pero podemos nombrar las más importantes. El cesaropapismo es la doctrina que defiende la acumulación del poder político y religioso en manos del emperador (a la manera de los emperadores antiguos, que reunían en sí el poder político y el sacerdotal). Por otra parte, la teoría de
«las dos espadas»
reza que el poder debe ser compartido por el emperador y el papa (sin que esto deba generar conflictos pues, al fin y al cabo, el fin de ambos es el mismo y lo mismo: el bien común y la salvación). Otras posiciones más teocráticas postulaban la acumulación de todo el poder en manos del papa (como máximo representante del Legislador divino en la Tierra). Finalmente, en los últimos siglos de la Edad media, se impone la teoría de la separación de poderes: el Estado debe administrar todo el poder político y la Iglesia debe limitarse a la salvación de las almas. Esta división de tareas (pareja a la que se produce, en el mismo periodo, entre la fe y la razón) es una de las escisiones que determinan el paso desde la época medieval a la época moderna.

Separada y reducida al ámbito de lo profano, la ley positiva pierde su autoridad sagrada. ¿En qué habrá de fundamentarse, entonces, el respeto y la conformidad con el poder? ¿En la divinidad de los reyes? ¿En el amor a la patria y la nación? ¿En los derechos individuales (por ejemplo, a la propiedad, por parte de los ricos burgueses)? ¿En el interés de la voluntad popular expreso en un contrato social?... La respuesta en próximos capítulos.



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