Pero desde el siglo XVII, algunos filósofos y hombres, burgueses e ilustrados (entre ellos Hobbes, John Locke y, más tarde, Jean-Jacques Rousseau), comienzan a confabular una nueva doctrina política. Pensaban estos
intelectuales que los hombres eran, en efecto, imperfectos por naturaleza y
necesitados, por tanto, de ley y de gobierno para asegurar la paz y la justicia (hasta
el bueno de Rousseau pensaba que su “buen salvaje” podía verse corrompido por la ambición y la violencia). Pero a diferencia de lo que era habitual
creer, estos filósofos pensaban que el hombre podía perfeccionarse por sí
mismo, con ayuda de su razón. Y así, en lugar de entregarse confiado al poder
salvador de Dios y del rey, erigirse en soberano autónomo, en rey de sí mismo.
Nace entonces la idea de soberanía individual: el poder reside, por naturaleza y razón, en todos y cada uno de los individuos por igual, que lo ejercen con todo derecho en la defensa de su vida, en su capacidad para decidir por sí mismos, o en la adquisición y disfrute de sus propiedades. O dicho de otro modo, el poder legítimo ya no proviene de Dios, sino del derecho natural (y racional) de cada individuo a la vida, la libertad y la propiedad -aunque en esto último disiente Rousseau-, y, por supuesto, a la igualdad, pues todos los hombres tienen por principio los mismos derechos.
Ahora bien, la misma razón que reconoce este poder y derecho en los individuos, reconoce también la posibilidad del conflicto entre los derechos naturales de unos y de otros, de ahí que arbitre la siguiente solución. Todos los miembros activos de la sociedad, reunidos como pueblo, decidirán constituir unas leyes básicas y un sistema político (es decir, una constitución) que sirvan para resolver, con justicia, los conflictos de interés entre personas, y que serán válidas en tanto el pueblo así lo mantenga. A continuación, todos los individuos se comprometerán a cumplir esas "reglas de juego" y obedecer al gobierno que las administre, cediéndoles parte de su poder y libertad, en vistas al bien común. Este compromiso es un “contrato” de todos los individuos entre sí, voluntariamente suscrito, que los convierte en ciudadanos del Estado creado por ellos mismos y al que ellos libremente se someten.
Nace entonces la idea de soberanía individual: el poder reside, por naturaleza y razón, en todos y cada uno de los individuos por igual, que lo ejercen con todo derecho en la defensa de su vida, en su capacidad para decidir por sí mismos, o en la adquisición y disfrute de sus propiedades. O dicho de otro modo, el poder legítimo ya no proviene de Dios, sino del derecho natural (y racional) de cada individuo a la vida, la libertad y la propiedad -aunque en esto último disiente Rousseau-, y, por supuesto, a la igualdad, pues todos los hombres tienen por principio los mismos derechos.
Ahora bien, la misma razón que reconoce este poder y derecho en los individuos, reconoce también la posibilidad del conflicto entre los derechos naturales de unos y de otros, de ahí que arbitre la siguiente solución. Todos los miembros activos de la sociedad, reunidos como pueblo, decidirán constituir unas leyes básicas y un sistema político (es decir, una constitución) que sirvan para resolver, con justicia, los conflictos de interés entre personas, y que serán válidas en tanto el pueblo así lo mantenga. A continuación, todos los individuos se comprometerán a cumplir esas "reglas de juego" y obedecer al gobierno que las administre, cediéndoles parte de su poder y libertad, en vistas al bien común. Este compromiso es un “contrato” de todos los individuos entre sí, voluntariamente suscrito, que los convierte en ciudadanos del Estado creado por ellos mismos y al que ellos libremente se someten.
Pero también, más
adelante, es un compromiso o contrato entre los ciudadanos y los gobernantes,
que ya nunca podrán gozar de un poder absoluto, sino limitado por las leyes básicas establecidas
y los derechos individuales cuya salvaguarda es la justificación última de todo
poder político. Hasta el punto, esto último, de que, según Locke y otros, los ciudadanos tienen
derecho a rebelarse y deponer por cualquier medio al gobierno que no cumple…
con el contrato.
Así pues, la teoría política modernaestablece estos niveles de soberanía o poder legítimo:
(1) La razón. El poder es legítimo si está basado en la razón.
(2) Los derechos individuales. El poder es legítimo si es expresión de los derechos individuales (vida, libertad, igualdad, propiedad?), según dictamina la razón.
(3) La soberanía popular. El poder es legítimo si es expresión de la voluntad de la mayoría, siempre que ésta no atente contra los derechos individuales.
(4) Las leyes básicas y el sistema político (constitución). El poder es legítimo si emana de las leyes que hemos convenido y que nos hemos comprometido (contrato social) a cumplir y hacer cumplir de acuerdo con la voluntad mayoritaria (soberanía popular).
(5) El gobierno representativo. El poder es legítimo si lo ejerce el gobierno que, por contrato (electoral) nos representa, y siempre que este cumpla con sus compromisos y respete las leyes básicas (constitución).
Como habréis adivinado, la teoría contractualista es el origen de la teoría democrática moderna. ¿Qué os parece? ¿Le encontráis alguna pega? ¿Creéis que hay algún sistema político aún mejor?