John Locke (1632-1704) fue un importante filósofo inglés conocido por sus aportaciones a la teoría del conocimiento y a la teoría política. En el ámbito político, se le considera uno de los principales responsables de la teoría contractualista, así como el padre del liberalismo político. Sus principales ideas políticas se condensan en sus dos "Tratados sobre el gobierno civil" (1690) y en las "Cartas sobre la tolerancia" (1689-1693). Nos encontramos en una época histórica turbulenta, en la que Inglaterra afronta graves conflictos políticos derivados de la lucha entre el absolutismo monárquico y los partidarios del parlamentarismo, entre los que se encuentra Locke. Estas luchas representan el primer paso en la toma del poder por parte de la burguesía europea, inspirada para ello en las ideas ilustradas de pensadores como Locke y otros.
En cuanto al problema del origen de la ley y del Estado, Locke tiene una visión muy distinta de su compatriota Thomas Hobbes con respecto a la situación de los seres humanos en un hipotético estado de naturaleza. Para Locke, el estado de naturaleza no equivale a un estado de guerra permanente (sin más ley que la de la fuerza), como en Hobbes, sino a un estado regido por una ley moral natural que es descubierta por la razón y que obliga a los individuos (sin necesidad de Estado ni de leyes políticas) a respetar ciertos derechos, principalmente el derecho a la propia conservación (el derecho a defender la propia vida), el derecho a la libertad y el derecho a la propiedad privada.
Este último derecho es especialmente importante para Locke (que, no olvidemos, representa los ideales y valores políticos de la burguesía, para quien el acceso a la propiedad, especialmente de la tierra, resultaba fundamental y un motivo de rivalidad con la nobleza). Para el filósofo inglés, el derecho natural de propiedad se deduce del derecho a la propia conservación y de la noción de "trabajo" (especialmente del trabajo sobre la tierra), de manera que aquello que el hombre obtiene mediante su trabajo (y solo mediante su trabajo) le pertenece tanto como su propia acción de trabajar. Locke justifica también el derecho a heredar la propiedad, a partir de la idea de que la familia es una especie de "sociedad natural" en la que la herencia constituye un derecho igualmente natural. Ahora bien, aunque el estado de naturaleza no es un estado de guerra y existe una ley moral natural, no todos los hombres respetan esta ley (especialmente en lo que compete al derecho individual a la propiedad), por lo que, para garantizar su cumplimiento estricto y una más efectiva preservación de los derechos y libertades individuales, es conveniente, dice Locke, que los seres humanos, por mutuo acuerdo, constituyan libremente pactos y sociedades civiles políticamente organizadas.
En cuanto a la cuestión por el fundamento y legitimidad del poder político, Locke va a acudir, como el resto de los filósofos contractualistas e ilustrados a la razón humana y a la noción de pacto o contrato. En primer lugar, la razón es la que nos convence de que, pese a la renuncia parcial al poder y los derechos individuales que supone la institución de un Estado (perdemos, por ejemplo, el derecho a tomarnos la justicia por nuestra mano), las ventajas son mayores: se establece una ley escrita fundada en la ley moral natural con objeto de evitar controversias y malas interpretaciones; se estipula un poder gubernamental capaz de obligar a todos a respetar estas leyes; y se organiza un sistema judicial dirigido a resolver conflictos y juzgar a los que incumplan las leyes. El fundamento y legitimidad del poder estatal y el gobierno están, pues, en primer lugar, en el libre consentimiento racional de los individuos, capaces de comprender las ventajas de someterse al imperio de la ley; y, en segundo lugar, en el contrato por el que, una vez convencidos de su necesidad, los individuos pactan constituir una sociedad civil de acuerdo a las leyes naturales por las que todos se comprometen a regirse. Es cierto que con el pacto o contrato, el hombre renuncia a parte de sus derechos naturales y restringe (libremente) su libertad, pero lo hace con el objetivo de disfrutar de manera más segura de esa misma libertad. Además, en Locke (a diferencia en esto con Hobbes) esta renuncia es provisional y está condicionada a que el gobierno cumplan con su parte del pacto; en caso contrario, el pueblo tendrá derecho a rebelarse y deponer al gobierno, pues para Locke la soberanía reside permanentemente en el pueblo.
En cuanto a la forma de organizarse el Estado y el gobierno, Locke propone que, una vez instituido el contrato social, los individuos (no olvidemos que Locke se refiere fundamentalmente a los varones propietarios), reunidos en asamblea popular, elijan (con carácter temporal) un gobierno que se ocupe de administrar de forma eficaz el Estado y al que también se comprometen a obedecer, siempre que este no abuse de su poder y garantice el respeto de los derechos individuales, especialmente el derecho individual a la propiedad (caso de que esto último no ocurra, los individuos tendrán derecho a romper su compromiso con el gobierno y derrocarlo). Además, para evitar los abusos del poder típicos del absolutismo Locke establece que el poder del Estado no esté concentrado en los mismos individuos, sino que exista una división de poderes: el poder legislativo, que es el poder superior, y estará limitado por la ley moral natural; el poder ejecutivo, encargado de realizar los mandatos del legislativo; y un "poder federativo" encargado de la seguridad del Estado y las relaciones con el exterior (para Locke, a diferencia de lo que unos años después establecerá Montesquieu, el poder judicial es parte del poder ejecutivo). Locke establece también la separación entre el Estado y la Iglesia (a diferencia de Hobbes, que proponía una religión de Estado) y defiende la tolerancia religiosa, para evitar los conflictos civiles ocasionados por las distintas creencias de unos y otros.























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